PROCESO DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS
Las quejas deben ser presentadas por cualquiera de los siguientes medios:
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En el Centro de Atención PROINFOR, mediante correo electrónico adriana.cerda@gfa-group.de
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Por correo postal con atención a: Resolución de Quejas – PROINFOR, a la dirección Antigua Carretera a Pátzcuaro 8555, Residencial San José de la Huerta, 58342 Morelia, Michoacán.
Las quejas deberán incluir la siguiente información:
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Nombre, apellidos y datos de contacto de la parte afectada.
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Cuando no sea presentada directamente por la parte afectada, deberá presentarse un documento prueba que justifique que los representantes de las partes afectadas han sido apoderados a tales efectos.
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El objeto específico de la queja, indicando la región e involucrados.
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El daño que está produciendo o podría producirse.
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Cualquier otra información o documento que sean pertinentes (por ejemplo, la fecha del incidente, fotografías, nombres y datos de testigos).
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Cualquier acción tomada hasta el momento (si corresponde), para resolver el problema, incluido el contacto con el personal del PROINFOR.
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Las soluciones propuestas.
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Si se solicita un tratamiento confidencial (indicando el porqué).
PROCESO DE REVISIÓN DE QUEJAS
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El secretario técnico del comité de resolución de quejas acusará de recibido, evaluará la elegibilidad de la queja y responderá si es elegible o no de acuerdo con la información solicitada en un plazo no mayor a siete (7) días hábiles después de su recepción.
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En caso de que la queja sea procedente, el secretario técnico del comité de resolución de quejas del PROINFOR definirá un equipo de trabajo para indagar y examinar la queja. El equipo comunicará el contexto y resolución de la queja al secretario técnico, si la queja se resuelve en este proceso se comunicará a la parte afectada, si no es solucionable mediante una comunicación por escrito, se buscará la mediación y consenso con la parte afectada.
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Si se llegara a un consenso, la queja se dará por resuelta y se emitirá un informe de cierre. Si no se llegara a un consenso intervendrá el comité de resolución de quejas del PROINFOR. El comité de resolución de quejas del PROINFOR estará conformado por: un miembro del órgano interno de control de FIRA, un miembro de la sociedad civil en el área indígena y otra del medio forestal, un miembro de la academia en el ámbito del sector ambiental y como secretario técnico del comité un miembro de GFA – EURO FUNDING que se designe para el propósito de resolución de quejas del programa y que tendrá la encomienda de reunir al comité cuando sea necesario. Se buscará paridad de género en la conformación del comité.
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El comité se dará a la tarea de complementar la investigación de la queja y otorgará el derecho de réplica al PROINFOR. Posterior al análisis de la información, se emitirá una resolución del resultado del proceso que se hará llegar a la parte afectada y al CN del PROINFOR.
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El CN del PROINFOR tendrá la tarea de implementar las salvaguardas necesarias y llevar a cabo el monitoreo y seguimiento de la resolución de la queja a fin de verificar que la afectación sea correctamente solventada, una vez que esto ocurra se deberá levantar el informe de cierre de la queja. Se informará a KfW en cuanto se reciba una queja, así como su seguimiento y resolución; esta información se añadirá a los informes semestrales y anuales. En los informes se expondrán las reclamaciones y su situación detallada. De ser requerido, se presentarán al KfW los hechos concretos y los documentos pertinentes para su revisión.